LA ALEGRÍA PERONISTA

jueves, 12 de enero de 2012

El 42,12% de los conglomerados son de origen público.



En Argentina, la tendencia a la conglomeración alcanza a los bancos públicos y cooperativos, y lo hace con un importante protagonismo. Esto lejos de ser un problema presenta una ventaja. Este grupo de bancos funcionan como múltiples empresas “testigo”, permitiendo que las autoridades regulatorias y supervisoras puedan ser más eficaces en su tarea. Es una de las conclusiones del trabajo ¨Dimensión y regulación de los conglomerados financieros. El caso Argentino¨, de los investigadores del CEFID-Ar, Romina Kupelian y María Sol Rivas.

 
 

Es una de las conclusiones del trabajo ¨Dimensión y regulación de los conglomerados financieros. El caso Argentino¨, de los investigadores del CEFID-Ar, Romina Kupelian y María Sol Rivas.

El fenómeno de la conglomeración financiera  no es nuevo, se pueden observar las primeras grandes fusiones a fines del siglo XIX. Por aquel entonces, la literatura económica tomaba como central esta cuestión, señalando las consecuencias negativas que acarreaba. Obviamente, a medida que se iban formando grupos económicos el poder se concentraba cada vez más, especialmente en los sectores financieros e industriales que se fusionaban en instituciones financieras. Las figuras emblemáticas de esto fueron J.O. Morgan y John Rockefeller.

En los comienzos del siglo XX el fenómeno de la conglomeración se fue profundizando. Por esos años se produjo una nueva ola de fusiones bajo la forma de conglomerados. Hasta ese entonces, las economías estaban caracterizadas por la desregulación y la no intervención del Estado, cosa que facilitaba la conformación de grupos. Esta situación cambia a raíz de la crisis de 1929.

Es a partir de la  “Gran Crisis” cuando se dictan normas que establecen límites a la integración de los sectores financieros e imposibilitaban la concentración económica en grandes corporaciones, asimismo, también se le prohíbe a los banqueros de participar en empresas industriales, comerciales y de servicios. La Ley de Bancos norteamericana de 1933  –conocida como la Glass Steagall- era un claro ejemplo de la delimitación de actividades a los bancos comerciales. En ella se establecía, entre otras cosas, la total separación de los bancos de depósitos de los de inversión, con el fin de evitar una nueva crisis como la desatada en 1929.

Es a partir de la década  del 70, que las economías comienzan a desenvolverse nuevamente en un contexto de liberalización, mundialización y financiarización, entendido esto último como el aumento de la importancia relativa del sector financiero. Se desmantelan las normas que establecían límites a la integración de los sectores (bancos, seguros y/o fondos de inversión) e imposibilitaban la concentración en grupos financieros.

Este resquebrajamiento de las regulaciones comenzó con la presión que ejercía sobre la rentabilidad bancaria la competencia de las otras actividades financieras.

Finalmente, en los 90, se terminaron de eliminar los límites operacionales que impedían la integración sectorial. Es así que se inicio un proceso de fusiones y adquisiciones entre entidades bancarias y firmas que se desarrollaban en otros segmentos financieros, tanto a niveles locales como internacionales, y comenzaron a conformarse los grandes grupos económicos. Estas entidades conglomeradas aumentaron el tamaño de los fondos administrados y el número de operaciones por empresa, afianzándose, al mismo tiempo, la internacionalización de los mercados. Esta transformación dejó, tal como se comentó a lo largo del trabajo, al sector financiero más vulnerable al ampliar la aceptación de mayores niveles de riesgo en relación a la calidad de los activos incorporados a la gestión de las actividades. No es menor, sino más bien funcional, el contexto ideológico en el que este cambio se produjo. Por aquel entonces, la idea neoliberal hegemónica de que la eliminación  de la intervención estatal en este mercado mejora el nivel del ahorro y la asignación de los recursos y hace crecer a las economías, impulsó este proceso. Por el contrario, la integración sectorial y desregulación trajo como correlato economías más frágiles. En este contexto, las regulaciones microprudenciales recomendadas y difundidas no fueron capaces de promover la estabilidad, proteger la integridad del patrimonio de los ahorristas y defender a la sociedad frente al poder derivado de las corporaciones bancarias. Más allá del proceso específico que la generó, hipotecas subprime y su titularización, la crisis mundial pudo desarrollarse como consecuencia de estas transformaciones.

Asimismo, la presión que ejerció el capital financiero internacional para realizar estos cambios, motivado por los grandes beneficios que se encontraban asociados a ellos, se vio acompañada por un rápido desarrollo de innovaciones financieras y avances tecnológicos facilitando, de este modo, una rápida integración.

La innovación financiera generó un importante abanico de productos y produjo un desplazamiento en la disposición final del ahorro. Al encontrarse disponibles tanto para las corporaciones como para las familias, se incrementó  la variedad de instrumentos financieros. Anteriormente, los depósitos eran los principales receptores del capital, a partir del ofrecimiento de nuevos servicios más atractivos en términos de rendimiento, las familias y empresas comenzaron a demandar paquetes más sofisticados y diversificar carteras preferiblemente desde un único proveedor, ya que les significaba menores costos de búsqueda y monitoreo. Este cambio en el comportamiento de los inversores fue acompañado por rápidos avances tecnológicos (de comunicación y sistemas informáticos) que posibilitaron una mayor eficiencia y un menor tiempo en la administración de las inversiones permitiendo a las instituciones abarcar una mayor proporción del mercado.

La conformación de conglomerados financieros, tal como se mencionó en el trabajo (ver link adjunto al trabajo completo), supone ventajas y desventajas, tanto del punto de vista de los clientes como de las entidades. Los beneficios están relacionados a las ventajas informativas, economías de escala y menores riesgos ante una mayor diversificación. Sin embargo, a pesar de éstas, existen grandes riesgos. Entre las desventajas que se pueden mencionar se encuentran, sobre todo, el riesgo sistémico, dado que aumenta la posibilidad de propagar los problemas de un componente bancario o no al resto del conglomerado y al sistema en su conjunto. Por otro lado, la falta de transparencia, la complejidad de las operaciones y la estructura de propiedad, limitan la capacidad de supervisión y el monitoreo por parte de los clientes, aumentando, también, el riesgo sistemático. Asimismo, la conformación de conglomerados genera la oportunidad a las entidades de reasignar actividades dentro del grupo de forma de sortear regulación y supervisión y de eludir impuestos. Quedan mencionar como desventajas: los conflictos de interés y el riesgo moral.

Más allá de los  problemas que acarrea la conformación de conglomerados financieros, muy pocos países imponen límites a la integración intersectorial. En el trabajo se ha detectado que de una muestra de 41 países, la inversión de cartera no es permitida en  2% y los seguros en un 5%.

En este marco de proliferación de grupos intersectoriales (entidades de créditos, servicios de inversión y aseguradoras) y dado los riesgos que suponen, los organismos financieros, tanto nacionales como internacionales, vieron la necesidad de recomendar una nueva regulación proporcional a la aparición de nuevos riesgos y al aumento de los ya existentes.

Es así que el Foro Conjunto recomienda fortalecer la supervisión y regulación de las corporaciones financieras, especialmente aquellas que están activas internacionalmente, y apunta a que las regulaciones deberían cubrir todas las actividades de los grupos. Por su parte, el BCBS pone el énfasis en mejorar el intercambio de información y cooperación entre los distintos entes de control para lograr una efectiva supervisión y la convergencia internacional de medidas y normas de capital.

De todos modos, no hay que perder de vista que la lógica institucional con la que se manejan estos organismos es propia del paradigma neoliberal, lógica bajo la cual se dejo fuera de los mecanismos de decisión a la periferia. Es importante mencionar que las recomendaciones de tilde prudencial que estos organismos formularon al sistema financiero no sólo no ayudaron a evitar y disminuir la crisis mundial.

Por otro lado, ante este nuevo contexto financiero se debieron redefinir las funciones de los supervisores y buscar mejores alternativas de control para dar respuesta a los nuevos niveles de opacidad que se generaron. Así, cada país fue optando por el enfoque de supervisión que le resultó más conveniente, ya sea de tipo unificada a cargo de un solo ente supervisor (banco central o fuera del banco central) o especializada con una estructura formada por más de una entidad supervisora según el tipo de segmento de mercado que  se trate. Al mismo tiempo, se hizo necesario incrementar la eficacia en la prevención y control de las crisis y la estabilidad financiera mediante el intercambio y cooperación entre supervisores de las distintas actividades y de los distintos países en losque actúe un mismo grupo financiero. En el caso del sistema financiero argentino en particular, el tipo de supervisión que se adoptó fue la especializada, a través del BCRA (bancos), la CNV (mercado de capitales) y la SSN (seguros).

Del análisis que se realizó del sistema financiero en nuestro país se desprende que a diciembre de 2010 sólo los principales conglomerados que operan ocupan el 74,45% del total de los activos administrados por el mercado. De este 74,45% el 42,12% de los fondos administrados es de origen público.

Tal como se desprende del análisis, en Argentina, la tendencia a la conglomeración también alcanza a los bancos públicos y cooperativos, y lo hace con un importante protagonismo. Esto lejos de ser un problema presenta una ventaja. Este grupo de bancos funcionan como múltiples empresas “testigo”, permitiendo que las autoridades regulatorias y supervisoras puedan ser más eficaces en su tarea.

En síntesis, el trabajo ha permitido contar con un panorama del grado de preeminencia que el fenómeno de la conglomeración financiera alcanza a nivel mundial, en general y en Argentina, en particular, así como algunas líneas de la regulación que existen en distintos países, y de los riesgos que la conformación de conglomerados acarrea. Sin embargo, más allá de estos riesgos y aún cuando los grupos desvirtúan la importancia del sistema bancario en términos del desarrollo de las economías, no existe  aún  ningún indicio que suponga volver a sistemas financieros que apunten a separar las actividades que  los bancos pueden realizar, limitando de esta forma la conformación de los conglomerados financieros.

Link al trabajo completo: http://www.cefid-ar.org.ar/documentos/CEFID_DT_41.pdf


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